La evolución de la sociedad de la información ha impulsado la aparición de servicios de correo que cubren la necesidad que solucionaba el Correo Andaluz. En el Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero , se deroga el artículo 30 del Decreto 72/2003, de 18 de marzo, de Medidas de Impulso de la Sociedad del Conocimiento en Andalucía por el que se establecían las condiciones para el uso del correo electrónico para el ciudadano en el Portal andaluciajunta.es.
Por tanto, se comunica a los usuarios del servicio, que se va a proceder a su cierre. A tal efecto se han incluido funciones nuevas para la salvaguardia de los correos, ya sea exportando los mensajes de manera individual o en carpetas completas.
Este proceso de cierre se desarrollará de acuerdo con el siguiente calendario: